Ley de responsabilidad medioambiental

/ 15.10.2014

Actualmente existen en la Comunidad Europea y en España muchos parajes contaminados que presentan importantes riesgos sanitarios y la pérdida de biodiversidad ha sufrido una considerable aceleración durante las últimas décadas. La falta de acción puede acarrear un incremento de la contaminación y que la pérdida de biodiversidad sea aún mayor en el futuro.

Según la Ley 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental, se define como “daño medioambiental”  aquel causado al las especies terrestres y a los hábitats, los daños a las aguas, riberas de mar y rías, así como los daños al suelo. Es decir, cualquier daño que impida la posibilidad de alcanzar o de mantener el estado favorable de conservación, o que produzca efectos adversos significativos en la salud humana o en el medio.

 

Por Clara del Amo. Revista Forum Calidad.

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